Desgravaciones y deducciones fiscales alquiler 2023
Hablamos de desgravar cuando tienes ciertos gastos que puedes restar a la base imponible, y de deducir cuando le restas un porcentaje concreto.
Es de todos conocido las desgravaciones por el arrendamiento de una vivienda:
- Gastos derivados del contrato de alquiler: Serían todos aquellos gastos relacionados con la formalización del contrato de arrendamiento.
- Conservación y reparación de la vivienda: Obras realizadas en el inmueble para asegurar las condiciones de habitabilidad y seguridad.
- Compra de electrodomésticos y mobiliario: Si tú como propietario del piso te has encargado de sustituir el frigorífico, lavadores o muebles puedes desgravarlo como gastos amortizables en el IRPF.
Tendrás una deducción del 10% del valor de dicho electrodoméstico o mobiliario. Además, si la financiaste, también podrás incluir la parte destinada al pago de los intereses. - IBI, tasas municipales, comunidad e intereses de la hipoteca: Los recibos de IBI, tasas municipales, gastos de comunidad, intereses de hipoteca también son desgravables.
Deducciones por alquiler en la renta de 2023
Pero lo que es desconocido para muchos arrendadores son las deducciones fiscales por el alquiler de sus viviendas, ya que lo usual es que tributen por el 100×100 de las ganancias obtenidas en el alquiler de su vivienda.
Deducciones por alquiler en la renta de 2023
Si alquilaste tu piso en 2023 a un inquilino que vivió ahí de forma habitual, solo tributarás el 40% de los beneficios que obtengas del alquiler. Esto se debe a que la Ley sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) permite al propietario deducirse el 60% de la carga impositiva sobre el arrendamiento neto que se ha obtenido gracias al alquiler, SIEMPRE Y CUANDO SE ALQUILE COMO RESIDENCIA HABITUAL DEL INQUILINO.
Los tramos de IRPF para el ejercicio 2023 son los siguientes:
- Desde 0 hasta 12.450€: 19%
- De 12.450€ a 20.199€: 24%
- De 20.200€ a 35.199€: 30%
- De 35.200€ a 59.999€: 37%
- De 60.000€ a 299.999€: 45%
- Más de 300.000€: 47%
Ejemplo de tributación por alquiler:
Manuel tiene una casa que alquila durante todo el año y presenta las siguientes cifras:
- Ingresos por el alquiler: 15.000 €.
- Hipoteca: intereses de 500 €.
- Seguro de la casa: 300 €.
- Gastos de comunidad: 600 € (50 € al mes).
- IBI: 500 €.
- Gastos de conservación: 300 €.
- Amortización del inmueble: 70 €.
Con estos datos, los ingresos de Manuel suman 15.000 €, a los que tendremos que restar (DESGRAVAR) 2.270 € de gastos. Por consiguiente, el resultado de su ganancia neta asciende a 12.730 €.
A la hora de hacer su declaración y considerando que la vivienda está destinada a la residencia habitual de su inquilino tiene derecho a esa deducción del 60%, por lo que la cantidad que debe declarar es de 5.092 €.
Ley de vivienda 2023
Con la nueva ley de vivienda aprobada en mayo de 2023, hay una serie de cambios en las desgravaciones:
Si la firma del contrato de arrendamiento fue anterior al 1 de enero de 2024, podrán deducirse un 60 %; en el caso que fuera posterior, un 50 %.
Pero hay más cambios, y es que la deducción podrá ser, en los nuevos contratos de alquiler, de más del 50 % si se cumplen ciertos requisitos:
- Del 90%, para nuevos contratos firmados en zonas tensionadas y cuyo precio sea un 5% inferior al precio del último contrato.
- Del 70%, cuando se alquila una vivienda por primera vez y el inquilino tenga entre 18 y 35 años, también en zonas de mercado tensionado.
- Del 60% (que es el porcentaje general para este 2023), cuando, si no se cumple lo anterior, la vivienda se haya rehabilitado en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 41 del Reglamento del Impuesto haya finalizado en los dos años anteriores a la firma del contrato de alquiler.
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